Gobernanza y estatutos
Comité de Ética
Función
El Comité de Ética se pronuncia sobre casos concretos o sobre cuestiones generales de ética. Es independiente de los órganos de gobierno e imparcial. Sus miembros son nombrados por un período de tres años y no es necesario que pertenezcan a la asociación.
Los asuntos le son remitidos por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a petición de los miembros, o bien por la Comisión de Litigios. Asimismo, puede actuar por iniciativa propia.
Miembros
Opiniones y recomendaciones
Las opiniones y recomendaciones del Comité de Ética son públicas. Se publican aquí de forma anónima, con el fin de crear un conjunto de directrices que contribuya a prevenir controversias.